domingo, 18 de octubre de 2009

Huelgas virtuales?

plantea Alejandro Luna Ibarra, abogado general del Consejo 100 Ciudadanos por Baja California Sur.
El experto en leyes, Luna Ibarra aseveró que "ni en la Constitución Federal, ni en la Ley Federal del Trabajo, existen artículos expresos que establezcan el derecho para nadie, sin excepción, de suspender temporalmente labores en universidades públicas y tampoco en planteles de enseñanza media superior dependientes del Estado". Fundamentó que de acuerdo a lo que señala el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su enunciado inicial un derecho y garantía individual consistente en que "Todo individuo tiene derecho a recibir educación", y en su fracción V refiere también a lo que comprende educación superior y la investigación científica y tecnológica.

Bajo este sustento, recalcó que todo individuo tiene derecho a la educación, al declararse una huelga en la UABCS ya sea por el Sindicato de Académicos o de Administrativos se afecta y contraría ese derecho por lo que se viola la garantía constitucional que establece el artículo 3 de la Constitución Federal. Esto es que se violan las garantías de los estudiantes, ya que el derecho de uno o unos no puede estar por encima de otros.

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Bueno, es algo que se menciono el día jueves 03 de septiembre en la manifestacion frente a la universidad, no pedíamos nada más que el respeto a nuestro derecho.




Pensarán que me gusta mucho ese periódico, en realidad es porque no hay ningun otro local en linea (creo).

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